🔸 Se busca adicionar disposiciones al artículo 198 Bis del Código Penal estatal, con el propósito de fortalecer las consecuencias legales para quienes cometan este delito en Tamaulipas.
#TAMAULIPAS | Las personas condenadas por pederastia en Tamaulipas podrían perder la patria potestad, la tutela y otros derechos sobre sus víctimas, además de recibir tratamiento médico integral y enfrentar la destitución o inhabilitación si cometieron el delito como servidores públicos o profesionistas, incluidos los profesores.
Así lo plantea un dictamen que este viernes será sometido a consideración del Pleno Legislativo, y el cual busca adicionar disposiciones al artículo 198 Bis del Código Penal estatal, con el propósito de fortalecer las consecuencias legales para quienes cometan este delito.
El proyecto establece que las mismas penas previstas para la pederastia se apliquen cuando la conducta se cometa contra personas que no tengan capacidad para comprender el significado del hecho o para resistirlo.
También contempla que el responsable sea sometido a tratamiento médico integral hasta por un periodo igual al de la pena de prisión impuesta, como una medida orientada a atender los factores de riesgo y prevenir la reincidencia.
En el ámbito familiar y patrimonial, la propuesta establece que la persona condenada podría perder, cuando corresponda, la patria potestad, la tutela, la curatela (figura jurídica de asistencia o protección para determinados actos legales), la adopción y otros derechos que pudiera tener sobre la víctima conforme a la legislación civil.
La propuesta incorpora consecuencias adicionales cuando el delito sea cometido por una persona servidora pública o un profesionista en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, lo que incluye a los profesores de cualquier nivel de enseñanza. En esos casos, además de la prisión, se plantea la inhabilitación, destitución o suspensión del empleo, cargo o comisión hasta por un periodo igual al de la pena privativa de libertad.
El dictamen, promovido originalmente por el diputado de Morena Humberto Prieto Herrera, busca armonizar la legislación de Tamaulipas con el Código Penal Federal y reforzar la protección de niñas, niños, adolescentes y otras personas en situación de vulnerabilidad.
De acuerdo con el documento legislativo, la Fiscalía General de Justicia del Estado y la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes consideraron viable la iniciativa.
En la exposición de motivos, el promovente advierte que la pederastia vulnera el desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes, y puede provocar consecuencias físicas, psicológicas y sociales. Por ello, sostiene que la respuesta legal no debe limitarse a la prisión, sino incluir medidas de atención a las víctimas y acciones dirigidas a reducir el riesgo de reincidencia.
En Tamaulipas, el artículo 198 Bis del Código Penal establece actualmente una pena de 9 a 18 años de prisión y una multa de 750 a 2,200 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) por el delito de pêdêrâstîâ. Si se utiliza vîolêncîâ física o psicológica, la pena puede aumentar hasta en una mitad, tanto en el mínimo como en el máximo.
La ley define la pederastia como el aprovechamiento de una relación de confianza, subordinación o superioridad sobre una persona menor de 18 años para ejecutar, obligar, inducir o convencerla de realizar actos sêxuâlês, con o sin su consentimiento.
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